El Estatuto Provisional de 1815 establecía en la sección V, Cap.II (De las elecciones de Diputados de las provincias para el Congreso General, y forma de ellas) de qué modo debían constituirse las Asambleas Electorales que escogerían a los representantes de cada territorio en el Congreso de Tucumán. La elección de los diputados se llevaría a cabo en forma indirecta, es decir, la población escogería mediante votación a los electores que luego se reunirían en una Asamblea Electoral para designar a los delegados provinciales.